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Cobertura para hijos solteros de 21 a 25 años de edad

Recuerde que según la Ley 23660/88 Art. 9 inciso a para continuar utilizando los servicios de la Obra Social, los hijos solteros de entre 21 a 25 años de edad inclusive que estén a exclusivo cargo del afiliado titular y que cursen estudios regulares oficialmente reconocidos por la autoridad pertinente, deberán presentar antes del 30 de abril el certificado de estudios que acredite su condición de estudiante regular.

Le solicitamos enviar certificados correspondientes a ospro1@hotmail.com